SADOP Y EL IMPUESTO A LAS GANANCIAS


El trabajo no debe tributar impuesto por cuanto el mismo tiene carácter alimentario.

Una de las asignaturas pendientes es realizar una profunda reforma tributaria que elimine el carácter regresivo de este sistema impuesto por la dictadura militar y profundizado por los gobiernos neoliberales.

Es un hecho positivo que la recuperación salarial ponga en evidencia este aspecto regresivo de la estructura impositiva (sumándolo al ya conocido del IVA), pero no quita la necesidad de encarar su solución de fondo. Por eso, creemos de estricta justicia promover una reforma íntegra. Mientras al asalariado se le practican los descuentos de su sueldo, los empresarios declaran ganancias presuntas o falsean los balances.

El 80% de lo recaudado por ganancias personales proviene de salarios (trabajadores en blanco) y sólo el 20% corresponde a otros rubros. Este hecho, a todas luces injusto, tiene efectos que van más allá del recorte al salario. Por la desactualización de sus topes, hace que a los trabajadores les sea imposible acceder a un derecho humano fundamental: la vivienda propia, ya sea directamente o a través de, los cada vez más inaccesibles, créditos hipotecarios. Un verdadero contrasentido.

Por ello, no obstante que el Gobierno Nacional elevó el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias -ratificado por Ley- con anterioridad a la celebración masiva de los convenios colectivos de trabajo en las últimas paritarias, la actualización de dichas remuneraciones convencionales dejó desactualizado el referido mínimo. En efecto, la falta de actualización de los topes mínimos empeoró la grave situación que padecen los trabajadores afectados, ya que si se hubiesen actualizado los mismos hoy estaríamos en la suma de $11.600.

Por lo expuesto, si bien reiteramos la necesidad de una reforma tributaria que elimine el impuesto al trabajo, insistimos en la necesidad de actualizar significativamente el mínimo no imponible, de forma tal de permitir que los trabajadores accedan a los derechos humanos y sociales fundamentales como es, entre otros, el derecho a la vivienda.

   TOPES ACTUALES DE LOS MONTOS PARA SU RETENCIÓN SON LOS SIGUIENTES:

a)      $ 5.782 P/ Solteros
b)      $ 7.998 P/ Casados (con 2 hijos)

 NO DEBEMOS OLVIDAR QUE “SE LE RETIENE SOBRE HABER BRUTO “

Otro punto conflictivo del régimen, es que los empleados generalmente no conocen todos los conceptos que pueden computar como deducción; al desconocerlo, no computan todas las deducciones que permite el sistema.

A los empleadores les alcanza con tener el formulario 572 firmado por el empleado (docentes), ya que éste tiene el carácter de declaración jurada. No hay  responsabilidad solidaria del empleador sobre el contenido del formulario.

Sería importante que los colegios privados informen o capaciten a sus docentes (empleados), para que puedan considerar todas las deducciones y de esa forma pagar el impuesto que realmente les corresponda. 

Comentarios

Entradas populares de este blog

SADOP OSDOP: Cartilla de Prestadores 2021

Turismo SADOP: Hotel Panamericano - Mar del Plata

Simulador de Sueldos SADOP: calculá tu salario